Os comunicamos algunas de las ampliaciones que implica pasar a la Fase 3, y os recordamos algunas de las que ya están en vigor. Según la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, en especial el Capítulo IV, se indica lo siguiente:
- El aforo de los establecimientosde hostelería y restauración, para consumo dentro del local será 50%. Señalar que las comunidades autónomas y ciudades autónomas, podrán modificar el porcentaje de dicho aforo, hasta los 2/3 del mismo.
- El consumo dentro del local será en mesa, preferentemente con reserva previa, con la debida distancia física de 2 metros entre mesas, o agrupaciones de mesas, y respetando las medidas de distancia interpersonal.
- El consumo de barra está permitido siempre que la separación entre clientes o grupos de clientes sea de 2 metros.
- Las terrazas al aire libre aumentan su aforo en mesas al 75%, y con las distancia de 2 metros entre mesas, y agrupaciones de mesas, con un máximo de 20 personas, y con las mesas correspondientes para ello, permitiendo así la distancia de seguridad correspondiente.
- Ceremonias nupciales o de cualquier otra índole, se ajustarán a lo previsto en el capítulo IV de la orden, que adjuntamos junto a la circular.
- Se ofrecerá de libre servicio, para libre disposición de los clientes, siempre que sea asistido por pantalla de protección, emplatados individuales o monodosis.
- En las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos, el aforo no superará el 50% del mismo.
ALGUNASMEDIDAS GENERALES:
- Entre cliente y cliente deberá desinfectarse mesas y sillas.
- Podrán utilizarse los urinarios con una distancia de 2 metros y un aforo del 50%, dicho aforo se aplicará también en los aseos de más de 4 m2y más de una cabina. Limpieza y desinfección garantizando el estado de salubridad e higiene de los mismos.
- Disposición de gel hidroalcohólico a la entrada. Papelera con tapa de accionamiento no manual, y dotada de bolsa de basura.